El futuro de la tokenización de activos del mundo real (RWA)
Por primera vez en décadas, el sistema financiero global se encuentra ante una transformación potencialmente tan trascendental como la creación de las bolsas de valores hace más de 400 años («Si lo conseguimos, revolucionará la inversión» – Finect). Esta transformación viene de la mano de la tokenización de activos del mundo real (conocidos como RWA, por sus siglas en inglés Real World Assets). En palabras de Larry Fink, CEO de BlackRock, “la tokenización es democratización”. ¿A qué se refiere? Básicamente, a representar digitalmente activos reales – acciones, bonos, bienes raíces, obras de arte, materias primas, etc. – en forma de tokens registrados en una cadena de bloques (blockchain), de manera que cualquier persona pueda invertir en ellos con mayor facilidad, rapidez y transparencia. Fink llega a vaticinar: “Cada acción, cada bono, cada fondo (cada activo) puede tokenizarse. Si lo conseguimos, revolucionará la inversión” . En este artículo divulgativo exploraremos qué significa todo esto, cómo funciona la tokenización de activos reales, y qué retos (desde la verificación del vínculo con el activo físico hasta la privacidad financiera) enfrenta esta revolucionaria tendencia en el mundo de la inversión y la tecnología financiera.
¿Qué es la tokenización de activos del mundo real?
La tokenización de activos implica convertir los derechos de propiedad de un activo físico o financiero en un token digital único en una blockchain (¿Qué es la tokenización de activos y cómo funciona? Ejemplos y casos de uso – Finect). En otras palabras, es representar un activo real existente de forma digital en un registro distribuido. Estos tokens digitales, a menudo llamados security tokens o tokens de seguridad, pueden representar una fracción del valor del activo subyacente o su totalidad. Por ejemplo, en lugar de vender una propiedad inmobiliaria completa de forma tradicional, el dueño podría tokenizarla: emitir, digamos, 1.000 tokens digitales en Ethereum, cada uno equivalente al 0,1% de ese apartament. Cualquiera podría comprar uno o varios de esos tokens, obteniendo así derechos proporcionales sobre la propiedad, como recibir el 0,1% de los ingresos por alquiler, votar en decisiones sobre el inmueble, o participar de la plusvalía si se vende en el futuro.
Este concepto se puede aplicar a casi cualquier tipo de activo con valor económico. Ya se están explorando casos en bienes raíces, acciones de empresas, participaciones en fondos, obras de arte, commodities como el oro o el petróleo, e incluso objetos de colección (Legal Framework for the Tokenization of Real-World Assets – Lexology). La tokenización ha abierto nuevas puertas en el mundo de las inversiones, promoviendo la innovación y democratizando el acceso a oportunidades antes reservadas para grandes capitales. Un pequeño inversionista puede poseer una fracción de un rascacielos en Manhattan o de un cuadro de Rembrandt sin tener que comprarlo entero. Así, activos históricamente ilíquidos o de muy alto costo se vuelven accesibles para más personas.
Beneficios potenciales de la tokenización
La tokenización de activos del mundo real conlleva varios beneficios teóricos importantes para inversores y emisores:
- Acceso a liquidez: Activos tradicionalmente difíciles de negociar (por ejemplo, bienes raíces, arte) pueden fraccionarse y negociarse fácilmente mediante tokens, facilitando que sus propietarios obtengan liquidez y que más inversores participen. Un inmueble tokenizado, por ejemplo, puede venderse por partes en minutos, algo impensable en el mercado inmobiliario tradicional.
- Fraccionamiento de la propiedad: Dividir un activo en pequeñas porciones (tokens) permite la participación de inversores minoristas con poco capital y mejora la diversificación de carteras. Ya no es “todo o nada” para comprar un activo caro; puedes comprar el 10% de un cuadro o 0,5% de un edificio.
- Eficiencia y rapidez: Las transacciones con tokens se realizan en la blockchain, sin intermediarios tradicionales, con liquidación casi instantánea. Operaciones que hoy tardan días o semanas (pensemos en la liquidación de una venta de acciones o la compraventa de una casa) podrían completarse en segundos. Como señala Fink, “los mercados no necesitarían cerrar” y miles de millones inmovilizados por trámites lentos podrían reinvertirse inmediatamente en la economía.
- Transparencia y trazabilidad: La tecnología blockchain funciona como un registro inmutable y transparente de todas las transacciones. Cualquier movimiento de los tokens queda públicamente registrado, lo que dificulta fraudes y aporta claridad sobre la propiedad y el historial del activo.
- Reducción de costes: Al automatizar procesos y eliminar intermediarios (brokers, notarios, etc.), la tokenización podría bajar costos asociados a la emisión y gestión de activos. Por ejemplo, emitir participaciones de una empresa en forma de tokens puede ser más barato que hacerlo vía bolsa tradicional, evitando ciertos gastos administrativos.
Por supuesto, junto a estos beneficios, también existen desafíos y riesgos (tecnológicos, de volatilidad de mercado, legales y regulatorios) que iremos abordando. Pero el potencial transformador es claro: muchos expertos ven la tokenización de activos reales como una pieza clave del futuro de las finanzas.
¿Cómo funciona? Contratos inteligentes y estándar ERC-20
¿Cómo se logra técnicamente esta “magia” de convertir un activo físico en tokens digitales? La clave está en la combinación de blockchain y contratos inteligentes (smart contracts). Una blockchain (como Ethereum, la más usada para estos fines) es esencialmente un libro mayor digital descentralizado e inmutable, donde se registran transacciones de forma segura sin depender de una autoridad central (Revolucionando la Gestión de Activos: El Poder de la Tokenización de Activos – metaverso.pro). Sobre esa blockchain, se despliega un contrato inteligente: un programa autoejecutable que gestiona la emisión y el comportamiento de los tokens asociados al activo.
En la práctica, para tokenizar un activo suele seguirse un proceso como este:
- Selección y evaluación del activo: Se identifica el activo del mundo real que se desea tokenizar (una propiedad, un bono, una obra de arte, etc.) y se determina cómo fraccionarlo digitalmente.
- Estructuración legal y regulatoria: Antes de emitir tokens, se diseña una estructura legal que vincule claramente el token con la propiedad del activo real, cumpliendo las leyes aplicables. Esto puede implicar crear una entidad jurídica que posea el activo y emita los tokens, o inscribir la operación en registros oficiales.
- Emisión de tokens en la blockchain: Se crea un contrato inteligente en la blockchain elegida (por ejemplo Ethereum) que emite una cierta cantidad de tokens representativos del activo. Por lo general, se utiliza un estándar de token fungible como ERC-20 de Ethereum para asegurar compatibilidad. El estándar ERC-20 es el más común en Ethereum para tokens intercambiables; define un conjunto de funciones obligatorias (por ejemplo,
totalSupply
para el total de tokens emitidos,balanceOf
para consultar el saldo de tokens de una dirección,transfer
para mover tokens, etc.) que garantizan que cualquier token ERC-20 pueda ser manejado por billeteras y plataformas de forma estándar (¿Qué es el estándar ERC20 y en qué se caracterizan los tokens?). En esencia, el contrato ERC-20 establece cuántos tokens existen, quién posee cuántos, y permite transferirlos bajo reglas claras, como si fuera el libro de accionistas digital del activo. Cada token es divisible y totalmente equivalente a otro (por eso se llaman tokens fungibles, todos iguales entre sí), lo cual encaja perfectamente cuando todas las fracciones representan partes de un mismo objeto tangible (▷【Tokens ERC-20, ERC-721 y ERC-1155: Qué son y Diferencias】) (Descodificación: ¿Qué es ERC-20? – Morpher). - Distribución y compraventa: Una vez emitidos, los tokens pueden distribuirse a inversionistas iniciales (por ejemplo, a quienes aportaron dinero para comprar el activo) o venderse en una oferta pública o privada. Luego, los tenedores pueden comerciarlos en mercados secundarios, ya sea en plataformas especializadas (exchanges de security tokens) o incluso en exchanges descentralizados (DEX) si el token es compatible. En estos mercados, los tokens se compran/venden igual que se haría con criptomonedas, pero cada transacción representa en el fondo una transferencia de una porción del activo real .
- Gestión mediante smart contracts: Los contratos inteligentes no solo emiten tokens, también pueden automatizar la gestión continua del activo tokenizado . Por ejemplo, podrían ejecutarse pagos periódicos (como cupones de un bono o dividendos de una acción tokenizada) directamente a las direcciones de los tenedores de tokens, o facilitar votaciones entre los “accionistas tokenizados” de una empresa, todo de forma transparente. Un caso citado por Larry Fink es cómo la tokenización facilitaría el ejercicio de derechos de voto: al tener las acciones tokenizadas, los derechos de voto quedan registrados digitalmente y el accionista puede votar fácilmente desde cualquier lugar de forma segura.
Desde el punto de vista técnico, gran parte del poder innovador de la tokenización proviene de estos estándares abiertos como ERC-20. Han permitido que crear un token nuevo sea relativamente sencillo y homogéneo, apoyándose en la robusta infraestructura de Ethereum. Esto hizo posible en su día la explosión de aplicaciones DeFi (finanzas descentralizadas) y ofertas iniciales de monedas (ICOs) usando tokens ERC-20, y ahora está habilitando que startups y proyectos financieros lancen tokens representando activos reales sin tener que construir una blockchain desde cero. En palabras simples, el contrato inteligente actúa como el “árbitro digital” que asegura que cada token es válido, único, e intercambiable, y que las reglas de propiedad se respeten automáticamente.
El vínculo entre el token y el activo físico: confianza y verificación
Ahora bien, surge una pregunta crucial: ¿de qué sirve poseer un token digital de, por ejemplo, un lingote de oro, si luego no hay forma de reclamar o verificar que realmente corresponde a un lingote de oro real almacenado en algún lugar? Para que la tokenización funcione en el mundo real, debe existir un vínculo verificable y confiable entre el token en la blockchain y el activo físico subyacente. En otras palabras, la promesa digital tiene que estar respaldada por la realidad física o legal.
En la práctica, esto significa que debe haber un registro tradicional o documento legal que asocie claramente cada token (o cada lote de tokens) con la propiedad del activo real. Uno de los principios de la tokenización es precisamente “la vinculación del derecho económico sobre el activo con el token digital”, permitiendo su registro fraccionado y transferencia en línea con plena seguridad jurídica (Cómo es el proceso de Tokenización de un activo inmobiliario – Tokeniza). Si adquieres tokens que representan parte de un inmueble, esos tokens deben conferir derechos legales exigibles sobre ese inmueble. Esto suele lograrse a través de figuras legales como contratos, fideicomisos o sociedades vehículo: por ejemplo, se crea una empresa cuyo único activo es el inmueble y las acciones de esa empresa se emiten como tokens. Así, quien tiene los tokens es accionista de la empresa dueña del inmueble, quedando su derecho amarrado al inmueble de forma indirecta pero legalmente sólida.
Otra vía es inscribir directamente en un registro público la relación entre el activo y el token. Imaginemos un registro de propiedad inmobiliaria que, además del nombre del dueño, incluyera un campo indicando que la casa está tokenizada bajo el contrato inteligente tal, y que cada token representa cierto porcentaje. De ese modo, si alguien compra tokens, podría (idealmente) registrar su titularidad fraccionaria ante notario o registro. Aunque suena futurista, ya hay debates y pruebas al respecto. En España, por ejemplo, se ha discutido la posibilidad de crear nuevos derechos reales para reflejar la tokenización: algunos registradores de la propiedad proponen reconocer un “derecho real de frutos” vinculado a un token, para que los rendimientos de un bien (alquileres, etc.) se asignen al poseedor del token. Sin embargo, la realidad jurídica actual es compleja y conservadora: muchos notarios prefieren que la tokenización se articule usando derechos tradicionales ya existentes para poder elevarla a escritura pública. Es decir, hoy por hoy, si quieres que tu token de un activo tangible tenga validez legal, seguramente tendrás que encajarlo en las figuras jurídicas ya conocidas (propiedad, participaciones sociales, deuda, etc.), al menos hasta que las leyes evolucionen.
Lo importante es entender que el token no “vive en el aire” aislado. Debe haber un respaldo físico y legal. Si se tokeniza una colección de vinos, alguien debe custodiar esas botellas y garantizar que quien tenga el token puede reclamar su botella cuando quiera. Si se tokeniza un cuadro, probablemente haya un certificado de autenticidad y propiedad, y quizá una entidad fiduciaria que custodia la obra en favor de los tokenholders. Incluso para activos financieros (por ejemplo, tokenizar un bono gubernamental), tiene que haber mecanismos para que el poseedor del token reciba los pagos del bono y esté reconocido en los registros pertinentes como beneficiario.
La verificación de este vínculo es fundamental para la confianza. Aquí entran en juego tanto auditores tradicionales (que pueden certificar periódicamente que, por cada token emitido, el activo subyacente correspondiente está efectivamente en caja o bajo custodia) como soluciones tecnológicas llamadas oráculos que conectan datos del mundo real con la blockchain. En cualquier caso, token y realidad deben reflejarse mutuamente. La OCDE describe precisamente la tokenización como ese proceso donde “el valor económico y los derechos derivados de los activos reales preexistentes se incorporan en tokens basados en DLT”, permaneciendo los activos reales fuera de la cadena (off-chain) mientras los tokens existen en la cadena (on-chain) (Tokenización de activos: qué es y qué implicación tiene en los mercados – FundsPeople España). Esto resume bien la dualidad: tenemos el mundo on-chain de los tokens y el off-chain de los activos físicos, y debe haber puentes claros entre ambos.
Un reto asociado a este vínculo es la identificación de los propietarios: el registro tradicional podría tener nombre y apellido, mientras que en la blockchain los tokens se mueven entre direcciones anónimas (largos códigos alfanuméricos). ¿Cómo asociar uno con otro? Aquí es donde entra en juego el controvertido tema de la identificación y la privacidad, que analizaremos a continuación.
Privacidad financiera vs. KYC obligatorio: el dilema de la identificación
La tokenización de activos del mundo real se sitúa en una encrucijada entre dos filosofías: por un lado, la necesidad de seguridad y cumplimiento normativo (saber quién compra/vende para evitar fraudes, lavado de dinero, financiamiento ilícito, etc.), y por otro, el deseo de democratización y privacidad financiera que inspiró a muchas de las tecnologías blockchain. Este choque se ejemplifica en el debate sobre el KYC (Know Your Customer), el proceso por el cual una plataforma verifica la identidad de sus usuarios.
En las finanzas tradicionales, el KYC es obligatorio: si abres una cuenta bancaria o inviertes en bolsa, tendrás que mostrar tu DNI, comprobante de domicilio y demás. Muchos argumentan que en la tokenización debería ser igual, especialmente dado que al tokenizar activos reales entramos en el terreno de valores financieros regulados. De hecho, el propio Larry Fink destaca que para que la tokenización despegue globalmente, la verificación de identidad digital es un eslabón crítico que debe resolverse. “Las transacciones financieras exigen comprobaciones rigurosas de identidad”, subraya Fink, sugiriendo que habrá que integrar sistemas de identidad confiables con la nueva infraestructura descentralizada.
Sin embargo, desde una perspectiva más teórica (y, digamos, liberal en términos de libertad individual), muchos entusiastas de la cripto y defensores de la privacidad financiera advierten que un ecosistema de tokens totalmente sujeto a KYC estricto puede ser contraproducente. Argumentan que podría socavarse uno de los valores fundamentales que hizo atractiva a la blockchain en primer lugar: la posibilidad de transacciones peer-to-peer semi-anónimas, sin una autoridad central vigilándolo todo.
Agustín Krupka, miembro de un pool de minería de Bitcoin, llegó a calificar al KYC masivo como “uno de los mayores peligros para la visión original” de Satoshi Nakamoto (El KYC pone a Bitcoin en peligro, según Krupka de Demand Pool). En una entrevista reciente, Krupka expresó que la exigencia de presentar identificación en cada transacción o dirección «socava el principio de un sistema seudónimo y soberano». Si todas las operaciones con activos digitales quedan vinculadas a datos personales (nombre, DNI, etc.), se pierde la privacidad y el resultado, según él, se parecería a un sistema completamente centralizado, una moneda digital de banco central (CBDC) donde el anonimato desaparece. Aunque su comentario se refería a Bitcoin, la filosofía aplica igualmente a la tokenización: si para comprar una fracción de un inmueble tokenizado debemos someternos a los mismos trámites e identificaciones que en un banco, podría diluirse gran parte de la ventaja de apertura y accesibilidad universal que la tokenización promete.
Los pro-privacidad no abogan por el caos o la impunidad, sino por encontrar un equilibrio. Plantean que es posible mantener cierto grado de privacidad financiera sin fomentar actividades ilícitas. ¿Cómo? Por ejemplo, mediante tecnologías de identidad descentralizada donde tú controlas tus credenciales y solo aportas pruebas criptográficas de que cumples requisitos (mayoría de edad, residencia en tal país, etc.) sin revelar todos tus datos personales. O estableciendo umbrales: quizá transacciones pequeñas de tokens podrían permitirse sin KYC (como se usa efectivo en pequeños montos sin identificar al pagador), mientras que para volúmenes grandes sí se exija. La cuestión de fondo es no convertir la tokenización en un entorno de vigilancia total, porque eso podría ahuyentar a muchos usuarios que valoran su privacidad y, en última instancia, frenar la adopción.
Este debate entronca con la filosofía liberal clásica: la privacidad financiera como parte de la libertad individual. Históricamente, el efectivo proporcionaba anonimato en las transacciones cotidianas; en el mundo digital, ciertos grupos piensan que debería existir un equivalente, y que las blockchain abiertas podrían ofrecerlo. Otros, por el contrario, temen que sin controles estrictos la tokenización se preste a abusos (fraudes, evasión fiscal, etc.). Encontrar un punto medio será uno de los grandes desafíos regulatorios de los próximos años.
Jurisdicciones abiertas vs. restrictivas: un mundo fragmentado
Dada esta tensión entre innovación y regulación, es muy probable que veamos un mundo fragmentado, donde distintos países adopten enfoques muy diferentes frente a la tokenización de activos (Cómo avanza la regulación de activos digitales en un mundo marcado por incertidumbres | Foro Económico Mundial). Ya hoy, los gobiernos varían en cómo tratan a los criptoactivos: algunos son muy estrictos, otros más flexibles. Con los RWA tokenizados podría suceder algo similar, creando jurisdicciones más abiertas y otras más restrictivas.
Imaginemos dos escenarios opuestos:
- País A (abierto): Decide convertirse en un hub de tokenización para atraer inversión. Establece regulaciones ligeras: permite que plataformas locales ofrezcan tokens de activos con mínimos requisitos burocráticos. Tal vez baste con un registro básico, o incluso se tolera que inversores internacionales compren y vendan tokens de ciertos activos sin pasar por exhaustivos KYC, siempre que los montos no excedan ciertos límites. El País A publicita la innovación, la libre participación y la privacidad como ventajas competitivas.
- País B (restrictivo): Considera a los tokens de activos reales como valores plenamente, sujetos a las mismas leyes que las acciones en bolsa. Exige licencias especiales a las plataformas, registro de cada inversor con verificación de identidad estricta, reportes periódicos a reguladores, y solo inversionistas acreditados pueden participar en ciertos activos. Comprar un token en este país sería casi tan complejo como comprar un bono en el mercado tradicional, con toda la documentación de por medio.
La consecuencia de este contraste sería una suerte de “arbitraje regulatorio” a escala global. Los proyectos y capitales podrían fluir hacia los entornos más propicios (como el País A) en busca de menor fricción, mientras que en los entornos más rigurosos (País B) tal vez la innovación avance más lentamente. Esto ya ha ocurrido en el mundo de las criptomonedas: no pocas empresas de criptomonedas se han establecido en jurisdicciones con marcos legales más amigables (Suiza, Singapur, algunas islas del Caribe, etc.), evitando países donde la incertidumbre legal o la dureza regulatoria les complicaría operar.
Para los inversores, también habría diferencias significativas según su jurisdicción. En lugares abiertos, un usuario podría adquirir tokens de activos tokenizados de forma relativamente anónima a través de su monedero digital, quizá en exchanges descentralizados globales, sin mayor trámite que conectar su wallet. En cambio, en países restrictivos, para comprar esos mismos tokens tal vez deba registrarse en una plataforma autorizada local, proporcionar documentación personal, y sus operaciones quedarían reportadas. Esta disparidad podría incluso llevar a situaciones curiosas: por ejemplo, un inversionista de un país restrictivo podría intentar acceder a ofertas de tokens en un país abierto vía Internet, creando un dolor de cabeza para los reguladores (¿cómo impedir que sus ciudadanos accedan a mercados más laxos extranjeros?).
Por otro lado, la coexistencia de mercados anónimos y mercados totalmente identificados plantea retos de cumplimiento: si en un país X se blanquea dinero comprando tokens anónimamente, ese dinero tokenizado podría luego “colarse” a mercados regulados en país Y. Esto seguramente motivará cooperación internacional y quizá cierta presión: países muy estrictos podrían ejercer presiones diplomáticas o económicas sobre los laxos si consideran que están facilitando actividades ilícitas. El panorama recuerda a las diferencias en legislación bancaria: así como existen paraísos fiscales con secreto bancario que unos gobiernos critican, podría haber “paraísos de tokenización” criticados por otros.
En cualquier caso, en el corto plazo veremos enfoques distintos en distintas jurisdicciones. La Unión Europea, por ejemplo, con su normativa MiCA, tiende a un marco unificado que exige identificación de usuarios para ciertos activos digitales; en contraste, es posible que jurisdicciones más pequeñas opten por regulaciones experimentales. Hong Kong y Singapur ya compiten por ser centros de innovación financiera y podrían permitir pilotos de tokenización con reglas relativamente flexibles, mientras EE.UU. actualmente debate con fuerza cómo clasificar y regular estos nuevos instrumentos.
Para los usuarios y emprendedores, esto significa que habrá que navegar un mosaico de leyes: algunos tokens estarán disponibles en ciertos países y en otros no; ciertas plataformas pedirán KYC y otras no, etc. Quizá terminen coexistiendo dos mundos: uno completamente regulado, con productos tokenizados ofrecidos por grandes instituciones bajo supervisión (por ejemplo, BlackRock u otros lanzando fondos tokenizados que funcionen como ETFs 2.0, tal como anticipa Fink, y otro mundo paralelo más descentralizado y pseudónimo donde pequeñas startups y comunidades intercambian tokens de activos en plataformas globales sin pedir permiso.
Creatividad Web3 frente a las restricciones tradicionales
A pesar de las posibles restricciones en algunos lugares, la naturaleza global y abierta de Web3 sugiere que la innovación encontrará cauces incluso al margen de los sistemas tradicionales. Si la regulación se vuelve demasiado pesada en un país, es probable que los proyectos más disruptivos simplemente se desplacen a otro o se vuelvan más descentralizados para eludir puntos de control.
De hecho, ya estamos viendo atisbos de soluciones creativas que podrían permitir cumplir con ciertos objetivos regulatorios sin sacrificar por completo la privacidad. Por ejemplo, se está explorando el uso de pruebas de conocimiento cero (ZKP) para KYC: en lugar de revelar tu identidad completa a una plataforma, podrías usar una prueba criptográfica para demostrar “soy mayor de 18 y no estoy en la lista de sanciones” sin revelar tu nombre ni DNI. Esto conservaría el anonimato de cara a otros usuarios, pero daría garantías al vendedor de tokens de que no está transando con alguien prohibido. O pensemos en identidades digitales soberanas: identidades controladas por el usuario donde uno decide compartir solo los atributos necesarios. Estas herramientas podrían cuadrar el círculo entre compliance y privacidad, permitiendo que la tokenización se expanda sin replicar todos los inconvenientes del sistema actual.
Por otra parte, las plataformas descentralizadas jugarán un papel importante. Ya existen exchanges descentralizados donde cualquiera puede intercambiar tokens sin KYC, usando solo una billetera digital. Estos DEX han demostrado ser resistentes a la censura, operando a nivel global. Aunque los reguladores pueden intentar bloquear páginas web o interfaces, el protocolo subyacente en la blockchain suele seguir funcionando. Esto significa que, aunque en ciertos mercados oficiales no se ofrezcan ciertos tokens, siempre podría existir un mercado alternativo peer-to-peer para ellos en la red. Un inversor sofisticado siempre tendrá la opción de ir “directo a la blockchain” a comerciar. De hecho, muchos usuarios valoran esa libertad: plataformas sin KYC ofrecen anonimato y facilidad de acceso, lo cual resulta muy atractivo (El Lado Oscuro de los Exchanges No KYC: Lo Que Necesitas Saber – OneSafe Blog), si bien también conlleva riesgos de seguridad y falta de protección.
En un escenario futuro, podríamos ver también nuevas figuras organizativas. Por ejemplo, DAOs (Organizaciones Autónomas Descentralizadas) administrando activos tokenizados de forma colectiva, al margen de jurisdicciones nacionales. Una DAO global podría comprar inmuebles en distintos países y emitir tokens, gobernada por sus miembros mediante smart contracts. Si bien esto plantea desafíos legales (¿qué pasa si la DAO debe presentarse ante un tribunal?), muestra cómo Web3 tiende a difuminar fronteras.
En resumen, aunque la tokenización de activos del mundo real deberá dialogar con reguladores y marcos legales –no hay revolución sin cierto acomodo con el status quo–, la evolución de Web3 promete caminos alternativos en caso de que las puertas tradicionales se cierren demasiado. Así como Internet encontró rutas para seguir creciendo cuando surgieron intentos de control excesivo, la comunidad cripto y de blockchain seguramente ideará métodos para que la visión de Fink de un sistema financiero más eficiente y accesible se pueda alcanzar incluso en entornos adversos. La creatividad tecnológica va de la mano de la filosofía de esta nueva ola financiera.
Conclusión
La tokenización de activos del mundo real se perfila como una de las grandes tendencias que podrían revolucionar la inversión en la próxima década. Su promesa es cautivadora: un mercado verdaderamente global y democrático donde cualquier persona con conexión a Internet pueda participar en activos de todo tipo, con transacciones instantáneas, fraccionamiento total y menor dependencia de intermediarios. Conceptualmente, es una continuación del proceso histórico de democratización financiera –desde la aparición de las bolsas en el siglo XVII hasta la banca en línea en el siglo XXI– llevada a un nuevo nive.
Pero como toda innovación disruptiva, viene acompañada de desafíos importantes. Asegurar que los tokens correspondan a realidades tangibles, integrar la infraestructura blockchain con los sistemas legales tradicionales, proteger a los inversores sin sofocar la innovación, y equilibrar la privacidad individual con la seguridad colectiva, serán tareas nada triviales. Es muy probable que en el camino haya tropiezos regulatorios, experimentos fallidos y ajustes de enfoque. Veremos jurisdicciones pioneras cosechando éxitos y otras quizá actuando con cautela.
Lo que está claro es que la tecnología está lista –los contratos inteligentes, las plataformas blockchain, los estándares como ERC-20– y que gigantes de las finanzas ya reconocen el potencial: “Si lo conseguimos, revolucionará la inversión”, nos recordaba Larry Fink. Conseguirlo requerirá colaboración entre innovadores, legisladores y la propia sociedad, para construir la confianza en este nuevo paradigma. Si se logra ese equilibrio, la tokenización de activos reales podría, en efecto, reconfigurar el funcionamiento mismo del sistema financiero tal como lo conocemos, dando paso a un futuro donde invertir sea tan sencillo y ubiquo como navegar por Internet, y donde la propiedad se redefina en términos más fraccionados, fluidos y accesibles para todos.
Referencias: Los contenidos citados a lo largo del artículo provienen de diversas fuentes, entre ellas la carta anual 2025 de Larry Fink analizada por Finect (El último vaticinio de Larry Fink (BlackRock): «Si lo conseguimos, revolucionará la inversión» – Finect) , artículos divulgativos de Finect sobre tokenización de activos (¿Qué es la tokenización de activos y cómo funciona? Ejemplos y casos de uso – Finect), documentación técnica sobre el estándar ERC-20 (¿Qué es el estándar ERC20 y en qué se caracterizan los tokens?), informes de la OCDE/FundsPeople (Tokenización de activos: qué es y qué implicación tiene en los mercados – FundsPeople España), blogs especializados en blockchain (Cómo es el proceso de Tokenización de un activo inmobiliario – Tokeniza) y medios cripto como CriptoNoticias (El KYC pone a Bitcoin en peligro, según Krupka de Demand Pool), entre otros, con el fin de ofrecer una visión completa y fundamentada sobre el tema.